Ayudas para proyectos de inversión para la transformación del modelo económico CV
martes, 11 de enero de 2022
Información complementaria
Se consideran gastos subvencionables o elegibles los tipos de gastos que se determinan para cada una de las modalidades de inversión reguladas en el Título III de la Orden 14/2018, de 27 de diciembre, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico. El gasto subvencionable del proyecto se determinará a partir del importe total de los costes del proyecto que tengan la consideración de gastos elegibles según determinan las bases reguladoras o la correspondiente convocatoria, entre lo que se hallan incluidos los siguientes:
a) Activos materiales e inmateriales con carácter general asociados al proyecto: adquisición de terrenos, obras, equipamiento vinculado a tecnologías de la información y la comunicación, etc.
b) Equipamiento productivo, consistente en maquinaria, instalaciones técnicas, herramientas o utillaje.
c) Mobiliario, en el supuesto de empresas no industriales, dedicadas al comercio o a la prestación de servicios.
d) Registro de marcas, patentes, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
e) Servicios externos necesarios para la implantación de soluciones vinculadas a las inversiones realizadas.
f) Gastos de auditoría de la cuenta justificativa de la ayuda.
11/01/2022 16:24 | AdmonAlcoi