Ayudas para inversiones de pymes industriales 2024 CV
Hasta el 30% de los costes subvencionables, 40% en municipios con riesgos de despoblación. Máximo 200.000 euros por pyme
Hasta el miércoles, 20 de marzo de 2024 a las 23:59
La Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayuda, en forma de subvención, dirigidas a impulsar la reindustrialización de la economía de la Comunitat Valenciana.
SECTORES INDUSTRIALES BENEFICIARIOS: 3.450.000€ cada uno
• AUTOMOCIÓN, SECTOR ESPACIAL Y DE LA AERONAÚTICA Y SECTOR SEMICONDUCTORES
• BIOTECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL, Y PRODUCCIÓN DE VIDEOJUEGOS, ANIMACIÓN Y DE REALIDAD AUMENTADA Y VIRTUAL
• CERÁMICA, VIDRIO Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS
• CUERO Y CALZADO
• FABRICACIÓN DE ENVASES Y EMBALAJE
• JUGUETE, ARTÍCULOS DE DEPORTE Y OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS
• FABRICACIÓN DE MADERA, MUEBLES Y APARATOS DE ILUMINACIÓN
• MÁRMOL, PIEDRA NATURAL Y ÁRIDOS
• METAL-MECÁNICO
• INDUSTRIA DEL PAPEL Y SECTOR DE LAS ÁRTES GRÁFICAS
• PLÁSTICO
• INDUSTRIA QUÍMICA
• TEXTIL
• VALORIZACIÓN DE MATERIALES
PRESUPUESTO: 48.300.000 euros
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Proyectos de inversión que supongan la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana, mediante:
A) La creación de un nuevo establecimiento industrial.
B) La ampliación o mejora de un establecimiento existente.
C) La diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento.
PRESUPUESTO
El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión será de 20.000 euros, IVA excluido.
EXCEPCIÓN
En los sectores de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, animación, realidad aumentada y virtual, el presupuesto mínimo será de 10.000 euros, IVA excluido.
NO SON SUBVENCIONABLES
- Los proyectos que consistan en la implantación de equipos de eficiencia energética o sistemas de recuperación o gestión energética.
- Las instalaciones o equipos de producción de energía eléctrica de fuentes renovables.
REQUISITOS DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS
1º- PYMES INDUSTRIALES PRIVADAS (-250UTA + Vneg <= 50M€ ó Balc <= 43M€)
2º- LEGALMENTE CONSTITUIDAS CON PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA (Mercantiles, Cooperativas o Sociedades Laborales)
3º- QUE DESARROLLEN O VAYAN A DESARROLLAR EN ESTA COMUNITAT UNA ACTIVIDAD INDUSTRIAL PRODUCTIVA QUE ESTÉ VINCULADA DIRECTAMENTE A LOS SECTORES OBJETO DE ESTA CONVOCATORIA (Si la empresa tiene un CNAE que coincide con alguno de los del Anexo I de la convocatoria)
4º- Cada empresa solo podrá presentar una solicitud de ayuda, PARA UN PROYECTO DE INVERSIÓN EN UN MISMO ESTABLECIMIENTO
AYUDA
30 % del total de los costes subvencionables. En el caso de inversiones en municipios con riesgo de despoblación, la intensidad de la ayuda aumenta hasta el 40% del total de los gastos subvencionables.
En ambos casos, la ayuda máxima a recibir por cada empresa beneficiaria no podrá superar los 200.000 euros, LIMITADO POR EL RÉGIMEN DE MINIMIS: máximo 300.000€ concedidos a una única empresa en los tres años a contar desde la fecha del día de concesión de esta ayuda.
PLAZO
Presentación de solicitudes del 23 de febrero al 20 de marzo de 2024.
Más información en Conselleria d'Innovació, Indústria, Comerç i Turisme
MÁS INFORMACIÓN
DESCARGA EL DOGV:
19/02/2024 09:04 | CarmenDiaz