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Información básica sobre la Ley de "Startups" en España

La Ley de Startups es un conjunto de regulaciones y disposiciones legales que tienen como objetivo fomentar el crecimiento y el desarrollo de las startups, es decir, de las empresas emergentes que buscan innovar y transformar su sector. Esta ley busca facilitar el acceso a la financiación, reducir la burocracia y simplificar los trámites para que las startups puedan centrarse en lo que realmente importa: crear valor y generar empleo.

La entrada en vigor de esta Ley será el 1 de enero de 2023.

Las características propias de las empresas emergentes son las que siguen:

  1. Alto riesgo y alto contenido innovador.
  2. Potencial crecimiento exponencial a través de economías de escala.
  3. Incertidumbre sobre su modelo de negocio. Dificultades de financiación.
  4. Dependencia de la captación y retención de trabajadores altamente cualificados. Dificultad de remuneración con los instrumentos clásicos salariales.
  5. Inexistencia de un marco normativo propio exclusivo para este tipo de empresas.
  6. En España existe un entorno favorable a nivel internacional para el fomento y la creación de empresas emergentes.

La Ley de Startups se divide en 2 grandes bloques: por un lado, establece un régimen fiscal especial para las starups, que incluye beneficios fiscales para la inversión en estas empresas y para el emprendedor y por otro lado reduce las trabas administrativas y flexibiliza la gestión de la empresa y la aplicación de los principios mercantiles y concursales.

Requisitos específicos de las empresas emergentes. 

  1. Empresa de nueva creación o menor de 5 años desde su fundación, o 7 años en el caso del sector de biotecnología, energía, industrial u otros sectores estratégicos. (No empresarios individuales).
  2. Empresa independiente. No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación.
  3. Tener sede social o establecimiento permanente en España.
  4. El 60% de la plantilla deberá tener un contrato laboral en España.
  5. Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable.
  6. No tratarse de empresa cotizada en mercados regulados, ni haber distribuido dividendos o retornos en el caso de cooperativas.
  7. No alcanzar un volumen de negocio superior a los 10.000.000 euros.

Para acogerte a los beneficios, las startups se deberán acreditar por la Empresa Nacional de Innovación, S.A (ENISA), se ha abierto un procedimiento previo en ENISA para aquellas empresas que consideren que pueden cumplir con los requisitos para ser acreditadas como tales.

El proceso de evaluación como empresa emergente no superará los 3 meses, siendo positivo si se produce el silencio administrativo en ese plazo.

 

 ¿Cuáles son los principales beneficios fiscales establecidos por la Ley de Starups?

  • Reducción del tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades al 15% durante los 4 primeros años contados a partir de la primera base positiva.
  • Aplazamientos de deudas tributarias. Autoliquidaciones del ISS / IRNS durante los dos primeros periodos impositivos en los que la base imponible sea positiva.
    1. Sin necesidad de garantías para deudas de hasta 30.000 euros.
    2. Plazo máximo de 12 meses para ISS y 6 meses para IRNS.
    3. Todas presentadas dentro de plazo voluntario (no complementarias).
    4. Sin intereses de demora.
  • Exoneración de la obligación de obtención del NIE en el caso de inversores extranjeros no residentes. Se habilitará un procedimiento específico electrónico para la acreditación de este tipo de inversores. Si son socios extranjeros, los notarios podrán asignar un número NIF. 
  • Bonificación, durante tres años, de las cuotas a la Seguridad Social a favor de los emprendedores autónomos que también trabajen por cuenta ajena. Permite al emprendedor desarrollar su empresa compatibilizándolo con otro trabajo.
  • Ampliación del importe de la exención, hasta los 50.000 euros anuales, en el caso de entrega de stock options(acciones o participaciones) a los empleados. Hasta un 20% de su capital máximo.
  • Aumento de la deducción por inversión en empresas de nueva creación, incrementando el tipo al 50% y la base máxima hasta 100.000 euros. (Antes 30% y máximo de 60.000). También aplicable a los socios fundadores con independencia de participación.

 Oportunidades

  • Puede aplicarse los incentivos de la Ley hasta 3 veces de constitución de la empresa por los mismos socios.
  • Durante los primeros 3 años, no hay obligación legal de decretar la causa de disolución de la empresa si el patrimonio neto queda reducido a la mitad del capital social a causa de pérdidas, siempre y cuando no sea procedente solicitar la causa de concurso.
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