¿Las operadoras telefónicas graban nuestras llamadas cumpliendo con el RGPD?
Publicado el jueves, 20 de marzo de 2025
Las compañías telefónicas no graban todas las llamadas realizadas desde sus líneas, ya que esto vulneraría el derecho al secreto de las comunicaciones. Sin embargo, sí registran las llamadas que los clientes realizan a los servicios de atención al cliente, informando de ello al inicio de la conversación. Estas grabaciones son legales y se utilizan para garantizar la calidad del servicio y resolver disputas contractuales, dado que los contratos verbales tienen validez legal.
Según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), no es necesario el consentimiento explícito del usuario, ya que el tratamiento de las grabaciones se justifica por la ejecución de un contrato o por el interés legítimo de la empresa. Estas grabaciones se almacenan solo durante el tiempo necesario para cumplir con su finalidad y, en caso de que un cliente solicite acceso a ellas, la operadora debe justificar cualquier negativa.
Los clientes pueden solicitar las grabaciones realizadas por la operadora, aunque esta podría denegar la solicitud si la llamada no fue registrada. Desde Forlopd, reafirmamos nuestro compromiso con la protección de datos y la seguridad de la información, ayudando a las empresas a cumplir con las normativas vigentes. Para más información, puedes contactarnos a través de nuestro formulario.
20/03/2025 08:13 | Forlopd_Privacidad