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Abierta la convocatoria de Kit Digital dirigida a medianas empresas

Los bonos digitales de 25.000 y 29.000 euros se podrán solicitar hasta el 30 de junio de 2025

Hasta el lunes, 30 de junio de 2025 a las 11:00

Objeto:
 
Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las medianas empresas y comprendidas en los Segmentos IV (entre 50 y menos de 100 trabajadores) y segmento V (entre 100 y menos de 250 trabajadores), seleccionando, en régimen de concesión directa, los beneficiarios de las ayudas mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva.
 
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma Acelera pyme.
 
Podrán destinarse asimismo estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
 
• Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
• y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente. 
 
Y no habrá mejora funcional cuando se trate de: 
• El desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente. 
• La actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor publique sobre una versión existente.
• Upgrades o mejora de versiones. 
 
El beneficiario deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos. Este «bono digital» no podrá hacerse efectivo hasta que el Agente Digitalizador, en nombre del beneficiario y siendo este el responsable último, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.
 
Presupuesto de las ayudas:
 
El importe máximo total de las ayudas reguladas en la presente Convocatoria es de trescientos cincuenta millones de euros (350.000.000 €)

Cuantía de las ayudas:

el bono digital, para esta convocatoria será de 25.000€ para aquellas empresas de entre 50 y menos de 100 empleados y de 29.000€ para las empresas cuyo número de empleados sea de entre 100 y menos de 250 empleados.

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