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Qué beneficios tiene demorar tu jubilación

Qué beneficios tiene demorar tu jubilación

Publicado por AdmonVlc
viernes, 25 de marzo de 2022 a las 08:47

La ley que entró en vigor este enero de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo del sistema ofrece mejores beneficios a las personas que quieran demorar su jubilación. Aquí te explicamos las principales ventajas.

La jubilación voluntaria demorada es la posibilidad reconocida a las personas trabajadoras (por cuenta propia o ajena) de que, una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación prolonguen su vida laboral, por lo que podrán acceder a una serie de beneficios en su futura pensión de jubilación.

Desde el 1 de enero de 2022, la persona que retrasa voluntariamente el momento de la jubilación percibirá un complemento económico en la pensión cuando decida jubilarse. Va a poder elegir entre este abanico de opciones:

  1. Un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de cumplir la edad ordinaria, lo que supondrá un aumento de la cuantía de la pensión.
  2. Una cantidad a tanto alzado por año cotizado, que va a depender de los años que se haya cotizado cuando se llega a la edad de jubilación, y que va desde los 5.000 a los 12.000 euros aproximadamente. Se recibe en el momento de la jubilación.
  3. Una combinación de ambas.

¿Cómo se perciben?

En la opción 1 el porcentaje adicional se recibirá cuando el individuo se jubile, aplicando el incremento porcentual correspondiente a la pensión que reciba cada mes durante el resto de su vida. 

En la opción 2 se puede optar por recibir un pago único en el momento que se accede a la jubilación. La cuantía de este cheque varía en función de los años de cotización acreditados en la fecha en que se cumplió la edad de jubilación ordinaria.

En la opción 3: Es posible disminuir el abono a tanto alzado y el porcentaje que se sumará a la futura base reguladora con el objetivo de disfrutar de ambos beneficios a la vez. 

CALCULAR PENSIÓN 

El simulador de jubilación disponible en el portal Tu Seguridad Social te permite hacer una estimación de la pensión de jubilación que te corresponderá en función de tus datos laborales actuales. Este simulador permite modificar situaciones personales como la intención de alargar tu vida laboral para realizar esta estimación y compararlo con la jubilación a la edad ordinaria.

Para ello deberás seleccionar la fecha en que deseas jubilarte, por defecto el simulador te mostrará tu edad ordinaria de jubilación y así podrás obtener complemento de demora que te correspondería. 

¿Si pertenezco a clases pasivas puedo optar por la jubilación demorada?

Sí, las ventajas de jubilarse algún tiempo después de haber cumplido la edad ordinaria también benefician a los miembros de clases pasivas. También pueden elegir entre un 4% adicional en su pensión por año “extra” trabajado, una cuantía a tanto alzado entre los 5.000 y los 12.000 y una combinación de ambas.

¿Hay algún beneficio para las empresas?

Las empresas en las que desarrollen su actividad los trabajadores que opten por alargar su vida laboral estarán exentas de las cotizaciones por contingencias comunes de los trabajadores que retrasen la jubilación, salvo por incapacidad temporal. Además, tendrán una reducción del 75% de la cotización durante la situación de incapacidad temporal de los trabajadores que hayan cumplido 62 años.

REQUISITOS:                                         

Son tres y deben cumplirse en el momento de la solicitud: 

  • Haber cotizado, como mínimo, 15 años a la Seguridad Social. 
  • No haber cumplido los 70 años de edad.
  • Tener cumplida la edad mínima de jubilación ordinaria para el año en curso.                               

LIMITACIÓN: 

Este tipo de jubilación es incompatible con otras modalidades como la activa, la flexible o, lógicamente, la anticipada.

Estos complementos económicos no se abonarán en el caso de las pensiones que alcancen la cuantía máxima.

¿Puedo acceder ya a estos incentivos? 

Se puede acceder a estos incentivos desde el 1 de enero de 2022, con la entrada en vigor de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones. 

Hasta esa fecha, los incentivos contemplados establecían un porcentaje adicional por cada año transcurrido desde la edad ordinaria de jubilación hasta la jubilación efectiva en función de los años cotizados que oscilaba entre un 2 y un 4%.

TRÁMITES:

El único trámite previsto es que cuando vayas a solicitar la jubilación, después de prolongar tu vida laboral, cumplimentes el apartado dedicado a la jubilación demorada en el formulario de solicitud de tu pensión.

En el caso de los trabajadores de clases pasivas, deberán comunicar su intención de demorar su jubilación a los servicios de recursos humanos de su centro de trabajo para que les autoricen esta posibilidad. Después, al solicitar la jubilación tendrán que optar por una de las posibilidades de incentivos (un aumento porcentual sobre su futura pensión, un cheque con una cantidad a tanto alzado o una combinación de ambas).

Recuerda que la jubilación para trabajadores en situación de alta tendrá efectos económicos desde el día siguiente al cese en la actividad, siempre que la solicitud se haya realizado dentro de los 3 meses anteriores o posteriores al cese. Si se solicita con posterioridad, los efectos económicos tendrán una retroactividad máxima de 3 meses.

Fuente original del contenido:

Revista de la Seguridad Social  
https://revista.seg-social.es/-/20220321-guia-jubilacion-demorada2  

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