Solicitud para la concesión de préstamos (ICO) con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior.
Convocatoria de la Generalitat Valenciana
Publicado por opoveda
viernes, 04 de octubre de 2013 a las 13:00
¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Solicitud para la concesión de préstamos (ICO) con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior.
Objeto del trámite
La línea de financiación con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior tiene por finalidad apoyar financieramente las actuaciones orientadas a la modernización y mejora de la eficacia y eficiencia del comercio interior minorista y, en particular, de las pequeñas y medianas empresas del sector.
¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Podrán acogerse a esta línea de financiación:
a) las entidades locales, las entidades de derecho público y/o empresas públicas dependientes de aquellas,
b) las asociaciones de pequeñas y medianas empresas comerciales,
c) las cámaras oficiales de comercio y
d) las pequeñas y medianas empresas (según se definen en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado, Reglamento General de Exención por Categorías) pertenecientes al sector comercio.
Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
La financiación convocada consiste en préstamos sobre un máximo del 80 por ciento del valor del proyecto con una cuantía máxima de 640.000 euros por proyecto. El proyecto para el que se solicite financiación deberá tener un valor mínimo de 30.000 euros.
Las condiciones de financiación son las siguientes:
a) Los plazos de amortización serán de cinco y siete años, con posibilidad de un año de carencia de principal y de diez años con posibilidad de dos años de carencia de principal.
b) Tipo de interés para el cliente:
- Préstamos a cinco años sin carencia, fijo, al 3,745%, más hasta un 4,30%.
- Préstamos a cinco años con un año de carencia, fijo, al 3,745%, más hasta un 4,30%.
- Préstamos a siete años sin carencia, fijo, al 4,360%, más hasta un 4,30%.
- Préstamos a siete años con un año de carencia, fijo, al 4,360%, más hasta un 4,30%.
- Préstamos a diez años sin carencia, fijo, al 4,836%, más hasta un 4,30%.
- Préstamos a diez años con dos años de carencia, fijo, al 4,885%, más hasta un 4,30%.
c) No se aplicarán comisiones ni penalizaciones por cancelación anticipada voluntaria de los préstamos.
¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
El plazo para la presentación de solicitudes, ante las entidades de crédito, será de veinte días a contar desde el 26 de septiembre de 2013.
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04/10/2013 13:00 | opoveda