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Ayudas a empresas concesionarias de servicios regulares (transporte público áreas rurales)

CONSELLERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y TRANSPORTE

Publicado por jamoros
jueves, 05 de abril de 2012 a las 10:50

Nombre del trámite

Solicitud de ayudas a las empresas concesionarias de servicios regulares de transporte público de viajeros por carretera que discurren por las áreas rurales de la Comunitat Valenciana y que mantienen líneas de débil tráfico.

Objeto del trámite

Conceder subvenciones a las empresas concesionarias de servicios públicos de transporte regular de uso general de viajeros por carretera, de titularidad de la Generalitat Valenciana, que incluyan líneas o tramos de líneas de débil tráfico que discurran íntegramente por la Comunitat Valenciana.

Las ayudas previstas podrán ser aplicables y tener efecto para servicios de transporte realizados en las líneas o tramos de línea calificadas de débil tráfico, a partir del día 1 de enero de 2012.

Interesados/Solicitantes

Podrán ser beneficiarios de subvención las empresas titulares de concesiones de servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera de competencia de la Generalitat que cumplan con los siguientes requisitos:

Requisitos

- Que la concesión de la que sean titulares mantenga, durante el año 2012, líneas o tramos de líneas de débil tráfico cuya explotación durante el ejercicio anterior haya arrojado un resultado deficitario, siempre que éste no sea imputable a una inadecuada gestión empresarial, y que no hayan recibido otras ayudas o subvenciones a la explotación, de la administración autonómica o de otras administraciones o entes públicos, que superen individual o conjuntamente el citado déficit de explotación.

- Todos aquellos otros requisitos que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre de 2003).

NOTA.- Han de reunirse la totalidad de los requisitos previstos en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cuantía de la ayuda

- El importe definitivo de cada subvención se determinará dentro del importe total máximo de la convocatoria, en función de los kilómetros anuales recorridos por el servicio calificado de débil tráfico, concediéndose la subvención como máximo por el kilometraje debido a la realización de una expedición diaria de ida y vuelta de lunes a viernes laborables durante todo el año.

- La asignación por kilómetro se establecerá en función de los siguientes criterios:

. Población servida (0-3 puntos)

. Frecuencia del servicio: días hábiles servidos (0-2 puntos), nº de expediciones (0-3 puntos)

. Accesibilidad de la red viaria (0-4 puntos)

. Resultados de explotación de la empresa y peso del servicio de débil tráfico en el total de la concesión (0-3 puntos)

. Carácter rural (0-4 puntos)

. Carácter de los servicios prestados (0-2 puntos).

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación la convocatoria en el DOCV nº 6748, de 04/04/12.

(ACCESO A LA DISPOSICIÓN)

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