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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anula el canon digital

Abril Abogados

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Publicado el viernes, 10 de junio de 2016 a las 09:18

El TJUE acaba de publicar su sentencia en el asunto C-470/14, en la que viene a determinar que la Directiva 2001/29/CE relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, se opone a que el pago de la compensación equitativa por copia privada, el famoso "canon", se realice con cargo a los presupuestos generales del Estado, tal y como viene realizándose en España desde el año 2012.
 
La decisión del Tribunal de Justicia Europeo viene a respaldar la posición de las entidades demandantes del litigio principal y supone un duro golpe a una medida que no tuvo en cuenta al sector y que, en palabras del Tribunal, "no puede garantizar que el coste de dicha compensación sólo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas".
 
Y es que si bien, como señala el TJUE, "no se puede considerar que el artículo 5, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/29 se oponga, por principio, a que los Estados miembros que han optado por introducir la excepción de copia privada decidan establecer en dicho marco un sistema de compensación equitativa que no esté financiada por dicho canon, sino por sus Presupuestos Generales", para la determinación de la cuantía de dicha compensación ha de tenerse en cuenta el perjuicio causado a los titulares de los derechos, correspondiendo a las personas que reproducen las obras o prestaciones protegidas la reparación del daño causado por dichas reproducciones amparadas por el límite de copia privada.
 
Por ello, en la medida en que el sistema recogido en el Real Decreto 1657/2012 y que se viene aplicando en España desde 2012, no permite asegurar que el coste de la compensación equitativa por copia privada sea soportado por los usuarios de dichas copias privadas, al no existir afectación de ingresos concretos a gastos determinados (lo que en la práctica supone que la partida de los Presupuestos generales destinada al canon se alimente de las aportaciones de todos los contribuyentes, sean o no usuarios de copias privadas), considera el TJUE que el sistema actualmente vigente en España es contrario a la normativa comunitaria.
 
 

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